En España en virtud del art. 34 apartado 9º del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, recientemente modificado por el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, Capítulo III sobre Medidas de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, Artículo 10. Registro de jornada, apartado Dos, confirma su obligatoriedad estableciendo que:
«9. La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo.
Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.
La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.»
En Portugal, Argentina, Chile y otros países del marco internacional, se exige llevar a cabo este mismo registro de jornada diaria.
No obstante, la mayor parte de los clientes de MHP no han elegido su sistema por la obligatoriedad del registro de la jornada del empleado, sino por la garantía de que el sistema funciona permanentemente y por Portal Horario©, que agiliza y facilita los trámites de forma online, tanto para el gestor de recursos humanos como para el usuario del sistema, de solicitudes de vacaciones, permiso, ausencias por horas y su justificación.
El sistema es integral porque contempla todas las partes que deben intervenir para un funcionamiento óptimo y las incluye:
• Portal Horario© web y móvil
• Asesoramiento Legal, contando con un área jurídica especializada en el tratamiento de datos personales
Existen 2 perfiles:
1. Los gestores: son empleados con permisos de gestión. Hacen de intermediarios entre su organización y MHP transmitiendo la información necesaria (listados de personal, altas, bajas, cuadrantes de horarios, bolsas de vacaciones y permisos) para la puesta en marcha y mantenimiento del sistema.
2. Los usuarios: son los empleados que registran su horario a través de los diferentes métodos de fichaje seleccionados por su empresa. Acceden a la Portal Horario© para la consulta de sus propios fichajes, la presentación de solicitudes de vacaciones y permisos, y la justificación de sus ausencias.
Sí, es posible personalizar el color de los dispositivos de fichar, el de la Portal Horario©, incluir el logo de la organización, elegir conceptos a mostrar, idioma. Consultar resto de opciones.
Los gestores de personal podrán revisar, autorizar o denegar solicitudes presentadas por los usuarios del sistema, quienes a su vez, pueden acceder a la Portal Horario© para revisar su propia información y presentar dichas solicitudes.
También, los gestores de personal tienen acceso a la consulta y explotación de datos por departamentos o individuales, mediante la emisión de informes.
El cuadrante de ocupación, los fichajes de un día y el informe de fichajes mensual.
Si desea otro tipo de informes, se puede configurar en Portal Horario©.
Fichaje a través de llamada telefónica, fichaje web y fichaje por app móvil, con o sin geolocalización.
Portal Horario© nace como un modelo SaaS, alojado en nuestro CPD y puesto a disposición del cliente. Pero existen casos en los que el cliente quiere instalar la solución en sus servidores, por lo que es posible adaptar el software y convertirlo en un modelo on promise.
Sí.
Sí.
El sistema incluye todas las partes descritas.
El cliente contrata un sistema que siempre estará actualizado y en funcionamiento por una cuota mensual.
Para ofrecer una cuota mensual que se adapte a las necesidades reales de cada cliente es necesario disponer de algunos datos, como: número de empleados a gestionar, combinación de métodos de fichaje que precisa, diversidad de horarios, vacaciones, permisos y circunstancias de flexibilidad horaria que debe reflejar la Portal Horario©, o si necesitará integración de datos entre sistemas.
Según nuestro Protocolo de Puesta en Marcha y contando con la colaboración activa del cliente para poder volcar todos los datos necesarios, la puesta en marcha del sistema estaría en un plazo no superior a 30 días
Una vez implantado el sistema, según el Protocolo de Puesta en Marcha
Nuestro equipo de Soporte incorporará los datos facilitados por la empresa en Portal Horario©
MHP colaborará activamente en la formación del personal designado por la empresa para llevar a cabo esta sencilla labor.
No, el dato está anonimizado. MHP ha desarrollado una tecnología que impide cualquier intento de suplantación, cumpliendo con la Normativa de Protección de Datos. Cada huella es única e intransferible. La recogida y grabación de la huella se realiza persona a persona.
Sí. El sistema permite la obtención de esos fichajes en varios formatos, pudiendo obtenerlos directamente el gestor de RRHH de la empresa, o bien, previo requerimiento solicitándolos a MHP.
Externalizar el sistema garantiza la objetividad de los informes presentados ante un conflicto judicial
Sí. Como encargado del tratamiento de sus datos, MHP le garantiza que dispone de la solvencia técnica y organizativa que se le exigirá a Usted conforme a la nueva Normativa de Protección de Datos en la elección de su proveedor de sistema.
Si el cliente adquiere un dispositivo de fichar de estas características, asumiendo con ello el tratamiento de los datos, debe tener en cuenta que debe implantar todas las medidas de seguridad, técnicas y organizativas, que exige el RGPD (Reglamento General de Protección de Datos) y la LOPDGDD (Ley Organica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales) para llevar a cabo un correcto tratamiento de los datos biométricos, que recogerá el terminal, dada su categoría de dato especialmente protegido.
MHP tiene implantadas todas las medidas técnicas, organizativas y de seguridad necesarias para cumplir con el nuevo RGPD y la LOPDGDD.
Además de lo anteriormente citado, MHP esta certificado en:
1) La Norma Internacional de Seguridad de la Información ISO 27001
2) El Esquema Nacional de Seguridad-Categoría Media
Contratando el sistema de MHP, el cliente tiene la garantía de la solvencia técnica y organizativa y de seguridad en el tratamiento de sus datos.
Debe tener en cuenta que, según la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), en su Disposición adicional primera, sobre Medidas de seguridad en el ámbito del sector público, establece la obligatoriedad de adoptar las medidas definidas en el Esquema Nacional de Seguridad.
Dado lo anterior,en caso de tratar una serie de datos particularmente sensibles, entre los que se encuentran los datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física, la huella dactilar, los responsables que se detallan el artículo 77.1 de la LOPDGDD (entidades públicas en general), han de aplicarlas, o bien, vigilar de que sean aplicadas en caso de que un tercero preste el sistema.
Para el caso de las administraciones públicas detalladas en el mencionado artículo 77.1, MHP cumpliría con todas las medidas que se deben implantar, al estar certificado en el Esquema Nacional de Seguridad - Categoría media.
“Los pliegos de prescripciones administrativas o técnicas de los contratos que celebren las entidades del sector público incluidas en el ámbito de aplicación de este real decreto contemplarán todos aquellos requisitos necesarios para asegurar la conformidad con el ENS de los sistemas de información en los que se sustenten los servicios prestados por los contratistas, tales como la presentación de las correspondientes Declaraciones o Certificaciones de Conformidad con el ENS."
Quedando descartado automáticamente el proveedor en caso de estar en el trámite de obtener las Declaraciones o Certificaciones de Conformidad con el ENS correspondientes.
MHP se encuentra desde el año 2017 certificada en el Esquema Nacional de Seguridad (ENS).
Esta certificación, baluarte en la ciberseguridad de las administraciones públicas y de las empresas tecnológicas que les prestan servicios, es la herramienta más eficaz para acreditar las garantías técnicas y organizativas en el tratamiento de los datos que exige el art. 32 del Reglamento General de Protección de Datos.
Por tanto, le confiere como cliente la garantía de solvencia en la elección del Encargado del Tratamiento, conforme a las exigencias del nuevo Reglamento, evitando de este modo, incurrir en cuantiosas sanciones administrativas, que podrían alcanzar los diez millones de euros.
1. Si Usted asume la responsabilidad de adquirir un terminal de fichar con este fin, debe saber que, dado que el dato biométrico adquiere categoría de dato especialmente protegido, se hace necesario adoptar todas las medidas de seguridad, organizativas y técnicas, que exige el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD). Si Usted contrata el Sistema de MHP, estará delegando esta responsabilidad y depositándola en un proveedor que le garantiza que cumplirá con esta responsabilidad, de acuerdo a los términos legalmente establecidos.
2. A la opción de comprar, además, hay que añadirle el coste de hacerlo funcionar: asistencia en las configuraciones, resolución de averías, atención de incidencias, actualizaciones, etc. Eligiendo la opción de contratar el Sistema de MHP, todo está cubierto.